¿Qué ley regula el empleo público en San Juan y cómo es el régimen de estabilidad?

Categoría: San Juan

El empleo público de San Juan se rige por la Ley 142-A (Estatuto y Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública de San Juan, texto consolidado del Digesto Jurídico provincial, con antecedente en la Ley 3.816 de 1973). La estabilidad del agente permanente se adquiere tras superar el período de prueba y ser confirmado en el cargo por acto administrativo expreso. El estatuto sigue el modelo típico provincial: planta permanente, personal contratado (sin estabilidad) y personal de gabinete. El régimen disciplinario incluye las sanciones habituales (apercibimiento, suspensión, cesantía, exoneración) con sumario obligatorio para las graves. Fuente: Ley 142-A — Gobierno de San Juan; SAIJ.

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