¿Qué licencias especiales existen para el empleado público de Mendoza?

Categoría: Mendoza

El Decreto Ley 560/73 de Mendoza contempla licencias especiales con goce de haberes para: matrimonio (plazo a verificar en la reglamentación vigente); fallecimiento de cónyuge, hijos o padres (5 días hábiles); fallecimiento de hermanos, suegros, yernos, nueras, abuelos y nietos (3 días hábiles); examen en establecimientos oficiales o privados reconocidos (hasta 20 días por año); mudanza; y donación de sangre. La Ley 8.678 amplió la licencia por nacimiento del padre a 15 días corridos. Para el texto exacto de cada plazo, verificar el Decreto Ley 560/73 actualizado en el Boletín Oficial de Mendoza o en el portal del Poder Judicial de Mendoza (jusmendoza.gob.ar → Normativa de RRHH). Fuente: Decreto Ley 560/73; Ley 8.678.

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