Categoría:
Catamarca
Tiene derecho a las indemnizaciones previstas por la Ley Nacional N° 24.028 (régimen de accidentes de trabajo previo a la Ley 24.557, aplicable por remisión expresa del estatuto provincial) y sus modificatorias, sin perjuicio de otros beneficios adicionales que pueda establecer el Poder Ejecutivo provincial o nacional.
