Categoría:
Chubut
En ese caso, rige su propio estatuto específico, y la Ley I N° 74 solo se aplicaría de manera supletoria para cuestiones no reguladas expresamente por esa norma particular, no como régimen principal.
En ese caso, rige su propio estatuto específico, y la Ley I N° 74 solo se aplicaría de manera supletoria para cuestiones no reguladas expresamente por esa norma particular, no como régimen principal.