Categoría:
Misiones
Al alcanzar la edad y los años de aporte requeridos por el régimen previsional provincial (IPS Misiones), el agente puede iniciar el trámite jubilatorio; la normativa vigente prevé además la posibilidad de intimación a jubilarse por parte del empleador una vez reunidos los requisitos, en línea con el régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo (art. 252).
