¿Qué ley rige el empleo público en Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego?

Categoría: Tierra del Fuego

En Río Negro coexisten dos normas: la Ley L N° 1844 (1984, Estatuto y Escalafón original) y la Ley L N° 3487 (diciembre de 2000, Estatuto General), que es la referencia más reciente para el personal de la Administración Pública provincial. Ambas crean una Junta de Reclamos con participación de la entidad gremial reconocida para resolver controversias antes de la vía judicial, y fijan un plazo de 30 días para el pago de indemnizaciones.

Para Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, cada provincia tiene su propio estatuto general del empleado público (consultá la pregunta específica de cada una más arriba en esta sección); lo que comparten las cinco provincias patagónicas es la fuerte presencia de ATE como sindicato representativo en las paritarias estatales, además de UPCN.

Fuente: Ley L 1844 y Ley L 3487 (Río Negro), vía Legislatura de Río Negro y SAIJ.

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