La Ley 591 de Santa Cruz garantiza el debido proceso en los procedimientos disciplinarios: el agente tiene derecho a conocer los cargos, acceder al expediente, producir prueba y ser oído antes de la resolución. Las sanciones leves (apercibimiento y suspensiones cortas) pueden aplicarse con procedimiento simplificado; las sanciones graves (suspensión extendida, cesantía, exoneración) requieren sumario completo. Toda sanción es impugnable en sede administrativa y, agotada esta vía, en sede judicial. Fuente: Ley 591 y Ley de Procedimiento Administrativo de Santa Cruz.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
