¿Qué diferencia hay entre cesantía y exoneración en Chubut?

Categoría: Chubut

En Chubut (Ley I-74), la cesantía y la exoneración son las sanciones expulsivas (art. 47). La cesantía corresponde, entre otras causas, por inasistencias injustificadas de más de 2 días continuos o 5 discontinuos, abandono de servicio, nueva falta tras 15 días de suspensión en los 36 meses anteriores, acumulación indebida de cargos, condena por delito doloso incompatible con el cargo o bajo rendimiento (art. 50). La exoneración, por condena por delitos contra la seguridad de la Nación, los poderes públicos, la fe pública o la Administración, falta grave que perjudique moral o materialmente a la Administración o incumplimiento intencional de órdenes legales (art. 51). Las expulsivas requieren sumario, salvo las causales de inasistencias, abandono, suspensiones acumuladas y bajo rendimiento (art. 53). Fuera de la provincia, la Ley 25.164 impide ingresar a la Administración Pública Nacional a quien fue cesanteado o exonerado en cualquier jurisdicción, mientras no sea rehabilitado (art. 5, inc. e).

Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.

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