¿Qué es el «retiro voluntario» y en qué se diferencia del obligatorio?

Categoría: Fuerzas de Seguridad - Estado Policial

Es el que solicita el propio agente una vez cumplidos los años mínimos de servicio que exige su ley orgánica para generar derecho a retiro, a diferencia del retiro obligatorio, que dispone la fuerza de oficio al alcanzarse el límite máximo de edad o de años de servicio para el grado.

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