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CABA Ley 471 - Marco Legal
El artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1996) garantiza a los trabajadores estatales la estabilidad, la carrera basada en la idoneidad, la retribución justa y la participación en la organización del trabajo, principios que la Ley 471 vino a reglamentar en detalle.
