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CABA Ley 471 - Modalidades
Es la modalidad ordinaria y estable de empleo público porteño: el agente ingresa por concurso o proceso reglado, adquiere estabilidad tras el período de prueba de doce meses con evaluación satisfactoria, y su relación solo puede extinguirse por las causales taxativas que prevé el régimen disciplinario o por jubilación.
