¿Puede un ciudadano de otra provincia acceder a un cargo de planta permanente del GCBA?

Categoría: CABA Ley 471 - Marco Legal

Sí, la Ley 471 no exige residencia previa en la Ciudad como requisito de ingreso salvo que la convocatoria específica de un concurso lo establezca por razones operativas del puesto; el requisito general es cumplir con la idoneidad y demás condiciones del cargo, sin distinción de origen provincial.

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