¿La estabilidad se pierde automáticamente al llegar a la edad jubilatoria?

Categoría: CABA Ley 471 - Estabilidad

No de forma automática con solo alcanzar la edad: el cese por jubilación requiere que se reúnan también los años de aportes exigidos por el régimen previsional correspondiente y que se dicte el acto administrativo de baja por jubilación, momento en el cual cesa la relación de empleo, no antes.

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