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CABA Ley 471 - Estabilidad
Es el reacomodamiento de las tareas de un agente cuya capacidad laboral se vio disminuida por una condición de salud, de modo de compatibilizar su aptitud actual con una función dentro de su mismo nivel escalafonario, evitando así que la disminución de su capacidad derive en la pérdida de la estabilidad o el cargo.
