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CABA Ley 471 - Disponibilidad
Puede rechazar un destino que resulte irrazonable respecto de su categoría, capacitación o condiciones personales, pero el rechazo reiterado e infundado de ofrecimientos razonables puede tener consecuencias sobre la continuidad del pago de haberes durante la disponibilidad, según lo que prevea la reglamentación.
