¿El agente en disponibilidad puede rechazar el nuevo destino que se le ofrece?

Categoría: CABA Ley 471 - Disponibilidad

Puede rechazar un destino que resulte irrazonable respecto de su categoría, capacitación o condiciones personales, pero el rechazo reiterado e infundado de ofrecimientos razonables puede tener consecuencias sobre la continuidad del pago de haberes durante la disponibilidad, según lo que prevea la reglamentación.

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