¿Qué pasa si, agotado el plazo de disponibilidad, no se logró reubicar al agente?

Categoría: CABA Ley 471 - Disponibilidad

La reglamentación de cada régimen específico determina la consecuencia (que puede incluir una nueva prórroga excepcional, una oferta de retiro voluntario, o en última instancia la baja con la compensación que corresponda), siempre dentro de las garantías generales de estabilidad que protegen al empleado público.

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