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CABA Ley 471 - Régimen Disciplinario
Es el criterio por el cual, ante faltas de similar gravedad objetiva, la autoridad pondera los antecedentes de buena conducta o, por el contrario, las sanciones previas del agente para decidir el tipo y la extensión concreta de la sanción a aplicar dentro del rango que permite la falta cometida.
