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CABA Ley 471 - Recursos y Acciones Judiciales
El régimen de mediación previa obligatoria que rige para muchos conflictos civiles y comerciales no siempre resulta aplicable a los litigios contra el Estado en materia contencioso administrativa, que suelen tener su propio régimen de reclamo administrativo previo como recaudo específico distinto de la mediación privada.
