¿Un conviviente sin matrimonio formal tiene derecho a pensión de un empleado del GCBA fallecido?

Categoría: CABA Ley 471 - Jubilación

Sí, acreditando la convivencia en aparente matrimonio durante el tiempo y bajo las condiciones que exige la normativa previsional nacional, tiene el mismo derecho a pensión que correspondería a un cónyuge formal.

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