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CCT 130/75 Supermercados - Licencias
Sí. El personal de jornada reducida tiene derecho a vacaciones proporcionales conforme a la LCT. El CCT 130/75 no establece un régimen diferenciado para el personal de media jornada en materia de vacaciones. El período mínimo es de 14 días corridos hasta los 5 años de antigüedad, proporcional a los días trabajados en el año.
