¿Tienen derecho a vacaciones los trabajadores part-time de supermercados?

Categoría: CCT 130/75 Supermercados - Licencias

Sí. El personal de jornada reducida tiene derecho a vacaciones proporcionales conforme a la LCT. El CCT 130/75 no establece un régimen diferenciado para el personal de media jornada en materia de vacaciones. El período mínimo es de 14 días corridos hasta los 5 años de antigüedad, proporcional a los días trabajados en el año.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *