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CCT 130/75 Supermercados - Relaciones Laborales
Sí. El CCT 130/75 establece que la existencia de una vacante o creación de nuevos cargos debe comunicarse a todo el personal por los medios habituales de información del establecimiento, especificando las características del puesto y el plazo para postularse. El postulante no designado conserva el derecho a postularse nuevamente en futuras vacantes.
