Categoría:
Empleo Público - Derechos
La Ley 22.431 establece que el Estado nacional debe ocupar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 4% de la totalidad de su personal. Los organismos están obligados a reservar vacantes para cubrirlo. El ingreso por cupo de discapacidad está exceptuado de la suspensión de contrataciones del Decreto 934/2025. Para acceder se requiere certificado de discapacidad otorgado por autoridad competente y cumplir con los requisitos del cargo.
