Categoría:
Empleo Público - Sindicalización
Sí, con limitaciones. El derecho de huelga está reconocido constitucionalmente para todos los trabajadores, incluidos los estatales. Los servicios esenciales del Estado deben garantizar una prestación mínima durante las medidas de fuerza. Los empleados estatales que participen en medidas de fuerza no pueden ser sancionados por ello, aunque sí puede descontarse el día no trabajado conforme la normativa vigente.
