Categoría:
Empleo Público - Jubilación
Es más frecuente de lo que parece, especialmente en municipios y organismos menores. Si el empleado puede demostrar la prestación de servicios sin registración mediante testigos, comunicaciones, registros de acceso u otros medios, puede reclamar el reconocimiento de ese período y los aportes jubilatorios correspondientes. El plazo de prescripción es de 2 años desde el cese. Los aportes no realizados pueden ser exigidos al organismo empleador en sede administrativa o judicial.
