¿Cuál es el plazo para impugnar una cesantía en la Provincia de Buenos Aires?

Categoría: PBA - Recursos y Acciones

El plazo es de 90 días desde la notificación del acto definitivo que agota la vía administrativa. Es un plazo de caducidad — no se interrumpe ni suspende. Antes de ir a la justicia, el empleado debe agotar la vía administrativa (recursos de reconsideración o jerárquico), cuyos plazos son de 10 o 15 días hábiles según el caso. La cadena de plazos es una de las principales trampas del empleo público bonaerense: perder uno solo puede significar perder el derecho definitivamente.

Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.

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