Categoría:
CCTG 214/06 - Estabilidad y Relación de Empleo
El personal no permanente comprende a quienes integran Plantas Transitorias con designación a término o están contratados bajo el artículo 9° de la Ley 25.164. Carece de estabilidad y su designación puede cancelarse en cualquier momento mediante decisión fundada. Debe cumplir los mismos requisitos de ingreso que el personal permanente.
