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CCTG 214/06 - Régimen Disciplinario
El agente puede interponer recursos administrativos y judiciales. Tiene derecho a ser escuchado, presentar descargos y producir prueba durante el sumario. Puede recurrir ante el superior jerárquico y luego ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. La Co.P.A.R. puede intervenir en controversias sobre la aplicación del convenio.
