Ficha del convenio CCT 125/75 — Empleados, encargados y supervisores de curtiembres (SECEIC–FATICA)

CCT 125/75 — Empleados, encargados y supervisores de curtiembres (SECEIC–FATICA)

Convenio Colectivo de Trabajo · Actividad

CCT 125/75 — Empleados, encargados y supervisores de curtiembres (SECEIC–FATICA)

Escala mayo – octubre 2026 Sindicatos: SECEIC y FATICA Alcance: todo el país
NúmeroCCT 125/75 (firmado el 25/7/1975; se actualiza con acuerdos salariales)
ActividadCurtiembres: personal administrativo, de servicios, encargados, capataces, supervisores y clasificadores mensualizados (arts. 7 a 19)
Personal excluidoTécnicos, profesionales, jefes, personal superior, corredores, vendedores y cobradores a comisión y operarios (art. 4)
SindicatosFATICA y el Sindicato de Empleados, Capataces y Encargados de la Industria del Cuero (SECEIC)
Parte empresariaCICA, Cámara de la Industria Curtidora Argentina
ÁmbitoTodo el país, sin quitas zonales (art. 1)
FuentesTexto homologado del CCT 125/75 (Secretaría de Trabajo, convenios.trabajo.gob.ar) · Escala: acta del 7/8/2026 con su planilla, publicada por SECEIC
✓ Verificado contra fuente oficial: texto homologado del CCT 125/75 y acta salarial de la industria curtidora del 7 de agosto de 2026 con su planilla
Última revisión: 12 de octubre de 2026
Escala salarial — mayo a octubre 2026

Sueldos del acuerdo firmado el 7 de agosto de 2026 por la Cámara de la Industria Curtidora Argentina con SECEIC, FATICA y el Sindicato de Obreros Curtidores, para el período paritario que empezó el 1 de mayo de 2026. La planilla del CCT 125/75 fija para cada categoría el sueldo básico y el salario de referencia de cada mes de abril a octubre de 2026 (arts. 2, 3 y 6 del acta). El aumento de los básicos se traslada solo al adicional por antigüedad (art. 3 del acta).

CategoríaBásico abril 2026Básico octubre 2026Referencia octubre 2026
Por categoría; empresas en general
Empleado A$ 953.242$ 1.105.761$ 1.287.095
Empleado B$ 1.119.243$ 1.298.322$ 1.561.287
Empleado C$ 1.245.608$ 1.444.905$ 1.763.954
Empleado de venta$ 1.119.243$ 1.298.322$ 1.605.565
Encargado A$ 1.143.891$ 1.326.914$ 1.522.551
Encargado B$ 1.223.953$ 1.419.785$ 1.679.462
Supervisor A$ 1.286.337$ 1.492.151$ 1.738.073
Supervisor B$ 1.376.898$ 1.597.202$ 1.949.075
Clasificador$ 1.163.343$ 1.349.478$ 1.625.038
Ejemplo: empleado A
Abril 2026$ 953.242$ 1.109.565
Mayo 2026$ 981.839$ 1.142.852
Junio 2026$ 1.010.437$ 1.176.139
Julio 2026$ 1.039.034$ 1.209.426
Agosto 2026$ 1.067.631$ 1.242.713
Septiembre 2026$ 1.086.696$ 1.264.904
Octubre 2026$ 1.105.761$ 1.287.095
Valores en pesos. Fuente: acta CICA–SOC–FATICA–SECEIC del 7/8/2026 y planilla del CCT 125/75, publicadas por SECEIC. Las empresas pymes (hasta 50 empleados) tienen su propia planilla de salario de referencia (art. 5 del acta).
Lo que marca la diferencia en este convenio
Día del Curtidor
28 de octubre
No laborable, con 8 horas pagas (art. 51).
Matrimonio
10 días hábiles
Pagos, más 5 corridos sin goce si se piden (art. 38).
Antigüedad
0,50% por año
Acumulativo, sobre el mínimo de la escala (art. 23).
Categoría superior
90 días
Más de 90 días al año en tareas superiores da la categoría (art. 20).
Vacaciones
+3 días
Si se dan entre mayo y septiembre (art. 32).
Horas extras
Base 200 h
Se liquidan sobre 200 horas mensuales (art. 56).
Preguntas frecuentes — Empleados de curtiembres CCT 125/75
Ámbito y categorías
Ficha del convenio: CCT 125/75 — Empleados, encargados y supervisores de curtiembres (SECEIC–FATICA)
¿Qué convenio rige para los empleados de curtiembres?

El CCT 125/75, firmado por FATICA y la Cámara de la Industria Curtidora Argentina; hoy lo negocian SECEIC y FATICA con CICA (acta del 7/8/2026).

¿Dónde se aplica?

En todo el país, sin quitas zonales (art. 1).

¿A quiénes comprende?

A empleados administrativos y de servicios, encargados y subcapataces, supervisores y capataces y clasificadores mensualizados de las curtiembres (arts. 7 a 19).

¿Quiénes quedan excluidos?

Técnicos, profesionales, jefes, personal superior, corredores, vendedores y cobradores a comisión y los operarios (art. 4). Los obreros tienen el CCT 196/75 o, en la zona del SOC, el CCT 142/75.

¿Cómo se agrupan hoy las categorías?

La planilla del acuerdo de 2026 fija valores para empleados A, B y C, empleado de venta, encargados A y B, supervisores A y B y clasificadores (acta del 7/8/2026).

¿Qué hace un supervisor o capataz?

Está a cargo de un sector, una sección o un grupo de máquinas, responde por el personal, la materia prima en proceso y los controles técnicos, y puede reemplazar a la categoría superior (arts. 7 a 10).

¿Y un encargado o subcapataz?

Trabaja con esfuerzo personal manual y personal a su cargo, cuidando la calidad y cantidad de la producción, sin hacer trabajo de operario; capacita a los obreros nuevos (arts. 11 a 13).

¿Quiénes son los clasificadores?

Los mensualizados que clasifican cueros piquelados, en verde, semiterminados o terminados, con criterio propio y responsabilidad (art. 14).

¿Qué tareas administrativas incluye?

Entre otras: anotadores, pañoleros, telefonistas, dactilógrafos, facturistas, cuentacorrentistas, cobradores, apuntadores, caja chica, laboratoristas, dibujantes, cronometristas, vigilancia, choferes, liquidadores de jornales y auxiliares contables (arts. 15 a 19). La lista es enunciativa.

¿Qué empleados son de categoría B en el texto?

Quienes hacen tareas de oficina elementales bajo supervisión: anotadores en libros y tarjetistas, pañoleros, telefonistas sin atención al público y enfermeros sin título (art. 16).

¿Y de categoría D?

Quienes tienen responsabilidad y pueden supervisar a otros: liquidador de jornales, taquidactilógrafo, enfermero con título, auxiliar de teneduría de libros, auxiliar de comercio exterior, recibidor de mercaderías, laboratorista con título y estadísticas (art. 18).

¿Qué es el auxiliar administrativo principal?

El empleado de amplia preparación que hace los trabajos de mayor responsabilidad, organiza su especialidad y supervisa a otros (art. 19, categoría E).

¿Cuándo cobra un supervisor el sueldo superior al reemplazar?

El supervisor C que reemplaza al D, o el encargado B que reemplaza al C, necesita una suplencia de al menos tres meses corridos para aspirar a la categoría superior; el encargado B cobra la diferencia mientras dura (arts. 8 y 12).

¿Cómo se clasifica una tarea que no figura?

Comparándola con otras análogas del convenio (disposiciones generales, art. 19).

¿Cuándo se gana la categoría superior?

Quien hace tareas de una categoría superior más de 90 días en el año obtiene esa categoría; si reemplaza más días que las vacaciones del reemplazado, cobra el sueldo superior mientras dure (art. 20).

¿Qué pasa con tareas simultáneas?

Si se asignan en forma permanente tareas de distintas categorías, se cobra la superior (art. 21).

¿Cómo se cubren las vacantes?

Con preferencia por el personal de la empresa, según capacitación y antigüedad (art. 22).

Salarios y escala
¿Cuánto cobra un empleado en octubre de 2026?

El sueldo básico va de $ 1.105.761 (empleado A) a $ 1.444.905 (empleado C), según la planilla del acuerdo del 7/8/2026.

¿Y encargados y supervisores?

Encargados: $ 1.326.914 (A) y $ 1.419.785 (B). Supervisores: $ 1.492.151 (A) y $ 1.597.202 (B), básicos de octubre de 2026.

¿Qué es el salario de referencia?

Un monto mensual por categoría que fija la planilla; en octubre de 2026 va de $ 1.287.095 (empleado A) a $ 1.949.075 (supervisor B). Las pymes tienen su propia planilla (acta 2026, arts. 5 y 6).

¿Cuánto subieron los sueldos entre abril y octubre?

Alrededor de un 16%: el empleado A pasó de $ 953.242 en abril a $ 1.105.761 en octubre de 2026, con aumentos todos los meses desde mayo.

¿Hasta cuándo rige el acuerdo?

Sus valores llegan al 31 de octubre de 2026; las partes deben reunirse antes por los aumentos desde noviembre (acta 2026, art. 9).

¿El aumento impacta en los adicionales?

Solo en el adicional por antigüedad (acta 2026, art. 3).

¿Cómo se calcula la antigüedad?

Un 0,50% mensual y acumulativo por año sobre el sueldo mínimo de la escala, o sobre el salario mínimo, vital y móvil si es mayor (art. 23).

¿Cómo se cobra?

Con una suma fija mensual, no por hora ni por día; si se paga por quincena, la mitad en cada una (art. 57).

¿Hay un piso para supervisores y encargados C?

Con cinco años en el cargo, su sueldo no puede ser menor al jornal normal del operario mejor pago de su sección (salvo el oficial americanista), y se revisa una vez por año (art. 26).

¿Qué pasa con los premios?

El premio a la productividad sube un 8% sobre abril (3% en mayo, 3% en julio y 2% en septiembre) y el de presentismo $ 6.000 en tres tramos, donde existan (acta 2026, art. 4).

¿Cuánto se paga por comida si hay horas extras?

$ 3.500 por 2 a 3 horas extras y $ 5.000 por más de 3, desde mayo de 2026, salvo que la empresa dé comida en comedor propio (acta 2026, art. 13).

¿Cómo se pagó el retroactivo?

Mayo y junio el 4 de septiembre de 2026, y el aguinaldo del primer semestre y julio el 6 de octubre; en las pymes y empresas de ACUBA, el 21 de septiembre y el 21 de octubre (acta 2026, art. 16).

¿Qué pasa con las pymes en crisis?

Las empresas de hasta 50 empleados y las que estén en crisis pueden acordar con el sindicato de la zona formas alternativas de pago (acta 2026, art. 5).

¿Hay aporte solidario?

Sí, durante el acuerdo los no afiliados aportan el 50% de la cuota sindical de su gremio (acta 2026, art. 11).

Jornada y condiciones
¿Hay descanso en la jornada continua?

Sí, 30 minutos a mitad de la jornada (art. 35).

¿Cómo se liquidan las horas extras?

Tomando como base 200 horas mensuales (art. 56), con los recargos de la ley.

¿Cuándo es el Día del Curtidor?

El 28 de octubre: no se trabaja y se paga una bonificación de 8 horas según el promedio de los seis meses anteriores (art. 51).

¿Se pagan los viajes por trabajo?

Sí, viaje, comida y estadía contra comprobante (art. 27).

¿Cómo deben hacerse los controles personales?

Con discreción, y los del personal femenino solo por mujeres (art. 55).

¿Qué pasa si no entregan los elementos de seguridad?

Si no se entregan dentro de las 48 horas hábiles de pedidos, el empleado puede pasar a otra tarea que no los requiera (art. 34).

¿Se puede reorganizar el trabajo?

Sí, para mejorar la productividad, sin afectar la estabilidad, la remuneración ni la categoría (art. 50 c).

Licencias y vacaciones
¿Cuántos días hay por casamiento?

Diez días hábiles pagos, y se pueden pedir 5 días corridos más sin goce (art. 38).

¿Y por nacimiento?

Dos días hábiles pagos (art. 54).

¿Cuántos días hay por fallecimiento?

Tres días por padre, madre, cónyuge o conviviente, hijos o hermanos (art. 45 b).

¿Hay subsidio por fallecimiento de un familiar?

Sí, el 30% del salario mínimo, vital y móvil por fallecimiento de padres, cónyuge o hijos (art. 45 a).

¿Hay días por examen?

Dos días pagos por examen secundario o universitario, hasta 10 por año (art. 53).

¿Y por mudanza?

Un día pago por año, con certificado; no rige para quien vive en hotel o pensión (art. 37).

¿Qué se cobra por donar sangre?

Una bonificación de ocho horas de jornal básico, si la donación es para un familiar directo o un compañero, hasta dos veces por año (art. 41).

¿Hay días por casamiento de un hijo?

Un día pago, si es laborable (art. 36).

¿Y por el examen prenupcial?

Un día pago (art. 42).

¿Hay más vacaciones en invierno?

Si se dan entre mayo y septiembre, se agregan 3 días a los de la ley (art. 32).

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

Los de la ley: 14, 21, 28 o 35 días corridos según la antigüedad (art. 150 de la Ley de Contrato de Trabajo), más los 3 del art. 32 si se dan de mayo a septiembre.

Ropa, salud y beneficios
¿Qué ropa de trabajo se entrega?

Dos equipos sin cargo: dos camisas y dos pantalones, o dos guardapolvos (art. 40).

¿Hay subsidio si fallece el trabajador?

Sí, el convenio prevé un subsidio para gastos de sepelio con un año de antigüedad, además de lo que fija la ley (art. 44).

¿Hay aporte para la salud?

Sí, de mayo a octubre de 2026 las empresas aportan a FATICA el 0,50% por hora básica trabajada de cada trabajador, para prestaciones por discapacidad (acta 2026, art. 12).

¿Siguen vigentes los beneficios anteriores?

Sí, los de convenios anteriores que no se modificaron (art. 3), y quien cobraba más que la escala mantiene la diferencia (art. 24).

Relaciones gremiales
¿La empresa debe informar las categorías?

Sí, entregar a la comisión interna una planilla con la categoría de cada empleado (art. 20).

¿Cómo se retiene la cuota sindical?

La empresa la descuenta y la gira a la organización adherida a FATICA dentro de los 5 días, con la nómina del personal (art. 46).

¿Hay vitrina sindical?

Sí, para comunicados gremiales o sociales firmados por las autoridades del sindicato o de FATICA (art. 47).

¿Se pueden acordar programas de capacitación?

Sí, empresas y empleados, con sus representantes, pueden firmar convenios de capacitación técnica, formación profesional e incentivos (art. 48).

¿Hay comisión de trabajo con la cámara?

Sí, CICA y FATICA se reúnen al menos una vez por mes por los problemas comunes de la industria (art. 58).

¿Cada cuánto se reúnen delegados y empresa?

Al menos dos veces por mes (art. 52).

¿Hay permisos gremiales pagos?

Sí, para el secretario general o su reemplazante y el delegado general, hasta 10 días por año, o 20 para cursos o becas en el exterior (art. 30).

¿Qué contribución hace la empresa?

$ 1.000 por mes y por trabajador durante el acuerdo: $ 700 para FATICA y $ 300 para el sindicato de primer grado (acta 2026, art. 10).

¿Qué deben informar las empresas?

El listado del personal y las altas y bajas mensuales (art. 49), y la copia del formulario 931 con sus comprobantes dentro de los 30 días de cada pago (acta 2026, art. 14).

¿Cómo se resuelven los conflictos?

Por autocomposición durante 15 días hábiles, sin medidas de fuerza, y luego conciliación obligatoria (acta 2026, art. 8).

¿Quién interpreta el convenio?

Una Comisión Paritaria Nacional de Interpretación de tres titulares y dos suplentes por parte, presidida por el Ministerio de Trabajo (art. 60).

¿Se renegociará el convenio?

Las partes acordaron formar una Comisión Negociadora desde abril de 2027 para revisar los CCT 142/75, 125/75 y 196/75 (acta 2026, art. 17).

Derechos generales de la ley
¿Cuánto es el preaviso?

Un mes con hasta cinco años de antigüedad y dos meses con más; durante el período de prueba no corresponde preaviso (art. 231 de la Ley de Contrato de Trabajo, texto de la Ley 27.802).

¿Qué indemnización corresponde por despido sin causa?

Un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año o fracción mayor de tres meses (art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Cómo se paga el aguinaldo?

En junio y diciembre, el 50% de la mejor remuneración de cada semestre (Ley 23.041).

¿Cuánto se cobra por enfermedad inculpable?

3 meses con menos de 5 años de antigüedad y 6 con más, el doble con cargas de familia (art. 208 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Quién cubre un accidente de trabajo?

La aseguradora de riesgos del trabajo, según la Ley 24.557.

¿Cuánto dura la licencia por maternidad?

90 días, con la asignación a cargo de la seguridad social (art. 177 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Cuándo se paga el sueldo mensual?

Dentro de los cuatro días hábiles del mes siguiente (art. 128 de la Ley de Contrato de Trabajo).

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