ERTE — Suspensión y Reducción del Contrato — España

Privados · España
Última verificación: jul 2026 · Fuente: Estatuto de los Trabajadores (Art. 47), Ley 3/2012, RDL 32/2021 (Mecanismo RED)
En 3 líneas: Un ERTE suspende o reduce temporalmente el contrato de trabajo sin extinguirlo, por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP). El trabajador cobra prestación por desempleo mientras dura, y la empresa puede acceder a exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social según el mecanismo utilizado.
Reducción de jornada permitidaEntre el 10% y el 70%
Prestación por desempleo (primeros 180 días)70% de la base reguladora
Prestación por desempleo (desde el mes 7)50% de la base reguladora
Plazo de resolución (fuerza mayor)5 días desde la solicitud
Vigente

El Mecanismo RED permite exoneraciones de hasta el 90% en las cotizaciones sociales, condicionadas al mantenimiento del empleo y a formación.

Qué es un ERTE
Ficha del convenio: ERTE — Suspensión y Reducción del Contrato — España
¿Qué es un ERTE y en qué se diferencia de un despido?

Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) suspende o reduce temporalmente el contrato de trabajo, sin extinguirlo — el vínculo laboral sigue vigente y el trabajador vuelve a su puesto cuando termina. A diferencia de un despido, no hay indemnización ni cese definitivo de la relación laboral.

¿Cuánto tiempo puede durar un ERTE?

Depende de la causa: los ERTE por fuerza mayor duran mientras persista la situación que los originó, y los ERTE ETOP tienen la duración que se determine en el procedimiento, pudiendo prorrogarse si las causas se mantienen.

Tipos de ERTE
¿Qué es un ERTE por fuerza mayor?

Es el que se basa en un hecho ajeno a la voluntad de la empresa que impide temporalmente la actividad (una decisión de una autoridad pública, una catástrofe, etc.). La autoridad laboral debe resolver en 5 días, limitándose a constatar si existe o no esa fuerza mayor.

¿Qué es un ERTE por causas ETOP?

Es el que se basa en causas Económicas, Técnicas, Organizativas o de Producción de la propia empresa. Requiere un período de consultas con los representantes de los trabajadores antes de aplicarse.

¿Qué es el Mecanismo RED?

Es una modalidad de ERTE creada por la reforma laboral (RDL 32/2021), que se activa por acuerdo del Consejo de Ministros ante crisis cíclicas o sectoriales de la economía. Permite reducir jornada o suspender contratos con exoneraciones de hasta el 90% en las cotizaciones, a cambio de que la empresa ofrezca formación a los trabajadores afectados.

Procedimiento
¿Cómo se inicia un ERTE por fuerza mayor?

La empresa presenta una solicitud ante la autoridad laboral competente, con las pruebas que acrediten la fuerza mayor, y lo comunica simultáneamente a la representación legal de los trabajadores.

¿Cuánto tarda la autoridad laboral en resolver un ERTE por fuerza mayor?

Cinco días desde la solicitud. La resolución debe limitarse a constatar si existe o no la fuerza mayor alegada.

¿Hay que negociar con los representantes de los trabajadores?

En los ERTE ETOP sí, es obligatorio abrir un período de consultas. En los de fuerza mayor no hay negociación, solo comunicación, ya que la autoridad laboral resuelve directamente.

Prestación por desempleo durante el ERTE
¿Cuánto cobra el trabajador durante un ERTE?

El 70% de su base reguladora durante los primeros 180 días, y el 50% a partir del séptimo mes.

¿El ERTE consume el paro acumulado?

Depende del tipo de ERTE. Por regla general, en los ERTE de suspensión total, cada día en que se cobra la prestación consume un día de paro acumulado; hubo excepciones puntuales (como durante la pandemia) que no consumían paro, pero no son la regla general vigente hoy.

¿Hace falta tener un período mínimo cotizado para cobrar la prestación por ERTE?

No se exige el período mínimo de cotización que sí se pide para el desempleo ordinario — es una de las particularidades de la prestación por ERTE.

Obligaciones y beneficios de la empresa
¿Qué exoneraciones de cuotas puede recibir la empresa?

Entre el 20% y el 90% de las cuotas a la Seguridad Social, según el mecanismo utilizado (Mecanismo RED, fuerza mayor, ETOP) y según si la empresa realiza acciones de formación para los trabajadores afectados.

¿La empresa tiene que mantener el empleo después de un ERTE?

Sí, quien se beneficia de exoneraciones asume un compromiso de mantenimiento del empleo por un período determinado (habitualmente 6 meses) desde la reanudación de la actividad.

¿Qué pasa si la empresa despide durante ese compromiso de mantenimiento?

Debe devolver las exoneraciones de cuotas percibidas correspondientes a los trabajadores afectados, con los recargos correspondientes.

Reducción de jornada vs. suspensión total
¿Qué diferencia hay entre reducir la jornada y suspender el contrato?

En la reducción de jornada el trabajador sigue trabajando parte de su horario habitual (entre un 10% y un 70% menos) y cobra el salario proporcional más la parte de prestación; en la suspensión total no trabaja ni cobra salario, solo la prestación por desempleo.

¿Se puede combinar reducción de jornada con suspensión?

Sí, un mismo ERTE puede combinar situaciones de reducción de jornada y de suspensión total según los trabajadores o períodos afectados, siempre que esté debidamente justificado y comunicado.

Empresas extranjeras
¿Puede aplicar un ERTE una empresa extranjera con trabajadores en España?

Sí, si la empresa tiene trabajadores contratados bajo legislación española (aunque no tenga sede social en España), puede tramitar un ERTE ante la autoridad laboral española correspondiente al centro de trabajo.

Cotización, vacaciones y otros derechos durante el ERTE
¿Sigo generando vacaciones mientras estoy en ERTE?
Sí, el tiempo en ERTE computa como tiempo de servicio a efectos de antigüedad y devengo de vacaciones, ya que el contrato de trabajo no se extingue, solo se suspende o reduce.
¿La empresa sigue cotizando por mí durante el ERTE?
Sí, la empresa mantiene la obligación de cotizar (con las exoneraciones que puedan corresponder), lo que preserva tu situación de alta a efectos de futuras prestaciones, incluida la jubilación.
¿Qué diferencia hay entre un ERTE y un ERE (expediente de regulación de empleo)?
El ERTE es temporal (suspende o reduce la jornada sin extinguir el contrato); el ERE implica la extinción definitiva de los puestos de trabajo, con las indemnizaciones correspondientes a un despido colectivo.
¿Qué documentación debe presentar la empresa para iniciar un ERTE?
Debe justificar la causa alegada (fuerza mayor o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) con memoria explicativa y documentación de respaldo, y comunicarlo a la autoridad laboral y a la representación de los trabajadores según el procedimiento correspondiente.
Período de consultas e impugnación
¿En qué consiste el período de consultas de un ERTE por causas ETOP?
Es la negociación obligatoria entre la empresa y la representación de los trabajadores (o una comisión ad hoc si no hay representación) sobre las causas, el alcance y las medidas de acompañamiento del ERTE, con una duración máxima que fija la normativa.
¿Puedo impugnar un ERTE si considero que no está justificado?
Sí, tanto los representantes de los trabajadores como cada trabajador individualmente pueden impugnar la decisión empresarial ante la jurisdicción social si consideran que la causa alegada no es real o el procedimiento no se siguió correctamente.
¿Qué pasa si la autoridad laboral no se pronuncia dentro del plazo sobre un ERTE por fuerza mayor?
El silencio de la autoridad laboral no impide que la empresa aplique las medidas si ha constatado la fuerza mayor conforme al procedimiento, aunque la actuación de la autoridad laboral es relevante para las exoneraciones de cuotas.
Mecanismo RED, formación y otras dudas
¿Es obligatorio hacer formación durante un ERTE del Mecanismo RED?
Sí, el Mecanismo RED vincula las exoneraciones de cuotas a la participación de los trabajadores afectados en acciones de formación destinadas a mejorar su empleabilidad, a diferencia del ERTE clásico donde la formación no siempre es obligatoria.
¿Qué pasa si rechazo participar en la formación exigida durante el Mecanismo RED?
Podría afectar el derecho a la prestación o generar consecuencias específicas según lo que establezca la regulación del mecanismo, ya que la formación es una contrapartida exigida a los trabajadores beneficiarios.
¿Cuánto tiempo puede estar activo el Mecanismo RED en su modalidad cíclica frente a la sectorial?
La modalidad cíclica (por coyuntura económica general) y la sectorial (por reconversión de un sector concreto) tienen duraciones y condiciones distintas, activadas por el Gobierno según la situación macroeconómica o sectorial que se busque atender.
¿Puedo trabajar para otra empresa mientras estoy en ERTE de suspensión total?
En principio no hay una prohibición general de compatibilizar otro empleo durante la suspensión, pero conviene verificar las condiciones específicas de la prestación y comunicarlo a la entidad gestora para evitar incompatibilidades no previstas.
¿Qué pasa con mi antigüedad y mis derechos si estuve varios meses en ERTE?
Tu antigüedad y los derechos laborales no se ven afectados: el ERTE suspende la prestación efectiva de servicios y el pago del salario ordinario, pero mantiene vigente el vínculo laboral con todos sus efectos jurídicos.
¿Un trabajador con contrato a tiempo parcial puede ser incluido en un ERTE?
Sí, los trabajadores a tiempo parcial pueden verse afectados por un ERTE en los mismos términos que los de jornada completa, con la prestación y las condiciones proporcionales a su jornada habitual.
¿El ERTE afecta el cálculo de mi indemnización si más adelante me despiden?
La base de cálculo de la indemnización se toma sobre el salario que le hubiera correspondido de no haber estado en ERTE (el salario “regulador” ordinario), no sobre la prestación reducida cobrada durante el ERTE, para no perjudicar al trabajador por haber estado suspendido.
Mecanismo RED (RDL 32/2021)
¿Qué es el Mecanismo RED?
Es el instrumento de flexibilidad y estabilización del empleo, creado por el Real Decreto-ley 32/2021, que sustituye a los antiguos ERTE por fuerza mayor derivados de una crisis general (como la pandemia) por un mecanismo permanente, activable por el Gobierno tras informe de la Comisión Tripartita, con dos modalidades: cíclica y sectorial.
¿Qué diferencia hay entre el Mecanismo RED cíclico y el sectorial?
El RED cíclico se activa ante una coyuntura macroeconómica general que aconseje instrumentos de estabilización adicionales a los ordinarios, con una duración máxima inicial de un año; el sectorial se activa cuando un sector concreto experimenta cambios permanentes que exigen reciclaje profesional, con una duración inicial de hasta un año prorrogable.
¿Qué bonificaciones tiene la empresa que usa el Mecanismo RED?
Exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social que varían según la modalidad (cíclica o sectorial) y el momento de aplicación, generalmente decrecientes con el paso del tiempo, condicionadas al compromiso de mantenimiento del empleo, de forma similar pero no idéntica a los ERTE ordinarios.
¿Puede una empresa combinar el Mecanismo RED con formación obligatoria para los trabajadores?
Sí, el Mecanismo RED vincula estrechamente la protección a acciones formativas dirigidas a la recualificación de los trabajadores afectados, siendo un requisito reforzado respecto de los ERTE ordinarios, especialmente en la modalidad sectorial orientada a la transición hacia otras actividades.
ERTE por fuerza mayor derivada de catástrofes
¿Se puede tramitar un ERTE por una catástrofe natural (inundaciones, incendios)?
Sí, cuando un fenómeno meteorológico o catástrofe natural impide temporalmente la actividad de la empresa (como ocurrió con la DANA en Valencia en 2024), puede tramitarse un ERTE por fuerza mayor con un procedimiento simplificado y ágil, incluyendo exoneraciones reforzadas de cotización específicamente aprobadas para esas circunstancias excepcionales.
¿Qué exoneraciones especiales se han aprobado para catástrofes naturales recientes?
El Gobierno ha aprobado, en supuestos de catástrofes declaradas zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, exoneraciones de hasta el 100% de las cotizaciones empresariales durante el ERTE, además de ayudas directas complementarias, mediante normativa específica aprobada ad hoc para cada catástrofe.
¿Necesita autorización de la autoridad laboral el ERTE por catástrofe natural?
Al igual que cualquier ERTE por fuerza mayor, requiere que la autoridad laboral constate la existencia de la fuerza mayor alegada, aunque en catástrofes declaradas zona de emergencia el procedimiento suele agilizarse notablemente mediante instrucciones específicas del propio Ministerio de Trabajo.
Cláusula de salvaguarda del empleo
¿Qué es la cláusula de salvaguarda del empleo en un ERTE?
Es el compromiso que asume la empresa que se beneficia de exoneraciones en las cotizaciones durante un ERTE, de mantener el empleo de los trabajadores afectados durante un periodo determinado (habitualmente seis meses) tras la finalización de las medidas, contado desde la fecha de reanudación de la actividad.
¿Qué pasa si la empresa despide a un trabajador durante el periodo de salvaguarda?
Debe devolver la totalidad de las exoneraciones de cuotas de Seguridad Social aplicadas respecto de ese trabajador concreto (según el criterio aplicado en cada norma reguladora), con los recargos e intereses que correspondan, sin perjuicio de las consecuencias del despido según su calificación (procedente, improcedente o nulo).
¿La cláusula de salvaguarda impide cualquier despido en la empresa?
No de forma absoluta: se han admitido excepciones para despidos disciplinarios procedentes, dimisión del trabajador, jubilación, incapacidad permanente, fin de contratos temporales por caducidad, o el cese de actividad de la empresa por causas ajenas a un ERTE improcedente, entre otros supuestos tasados.
Situación del trabajador durante el ERTE
¿Se generan vacaciones durante el periodo de suspensión por ERTE?
Sí, el tiempo en situación de ERTE se considera de servicio activo a efectos de antigüedad y devengo de vacaciones, aunque el trabajador no perciba salario de la empresa durante la suspensión sino la prestación por desempleo correspondiente.
¿Puede un trabajador en ERTE trabajar para otra empresa mientras dura la suspensión?
Sí, siempre que comunique la nueva situación al SEPE, ya que la compatibilidad con otro empleo puede afectar al cálculo o percepción de la prestación por desempleo, especialmente si el nuevo trabajo es a tiempo completo, en cuyo caso puede suspenderse el derecho a la prestación del ERTE.
¿Se puede rechazar la inclusión en un ERTE de reducción de jornada?
No, al tratarse de una medida de carácter colectivo aplicada conforme al procedimiento legal, el trabajador individual no puede oponerse a su inclusión, sin perjuicio de que la representación de los trabajadores pueda impugnar el ERTE en su conjunto por la vía del conflicto colectivo si considera que no concurren las causas alegadas.
Impugnación del ERTE
¿Cómo se impugna un ERTE que se considera injustificado?
La representación legal de los trabajadores puede impugnarlo mediante el procedimiento de conflicto colectivo ante la jurisdicción social, y de forma individual cada trabajador puede impugnar los efectos concretos del ERTE sobre su contrato, aunque la sentencia de conflicto colectivo tiene efectos generales sobre todos los afectados.
¿Qué plazo hay para impugnar un ERTE?
El plazo general para impugnar por la vía individual es de veinte días hábiles desde la notificación de la decisión empresarial, mientras que el conflicto colectivo puede plantearse mientras subsistan los efectos de la medida impugnada, sin un plazo de caducidad tan estricto como el individual.
¿Qué consecuencias tiene que se declare nulo o injustificado un ERTE?
Si se declara que no concurrían las causas alegadas, los trabajadores afectados tienen derecho a la reincorporación inmediata y al abono de los salarios dejados de percibir durante el periodo de suspensión o reducción indebidamente aplicado, con el correspondiente reintegro de las prestaciones por desempleo percibidas de forma indebida al SEPE por parte de la empresa.
Aspectos prácticos del procedimiento
¿Es obligatorio negociar con la representación de los trabajadores en todo ERTE?
En los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción es obligatorio abrir un periodo de consultas; en los ERTE por fuerza mayor no existe periodo de consultas propiamente, sino un trámite de audiencia a la representación de los trabajadores previo a la solicitud ante la autoridad laboral.
¿Qué pasa si no hay representación legal de los trabajadores en la empresa?
Se constituye una comisión representativa ad hoc, integrada por los sindicatos más representativos del sector con legitimación para negociar el convenio de aplicación, o por los propios trabajadores elegidos democráticamente entre ellos si no hay representación previa, conforme a las reglas del artículo 41.4 ET aplicables por remisión.
¿Cotiza la empresa durante un ERTE por el trabajador afectado?
Durante la suspensión, el trabajador se mantiene en situación de alta especial en la Seguridad Social, y la obligación de cotizar por contingencias comunes puede quedar total o parcialmente exonerada según el tipo de ERTE y las bonificaciones vigentes en cada momento, aunque el periodo computa igualmente para efectos de prestaciones futuras.
Procedimiento del ERTE ETOP y diferencias con el ERE
¿Cuánto dura el período de consultas de un ERTE por causas ETOP?

No puede exceder de 15 días. En empresas de menos de 50 trabajadores, el plazo máximo se reduce a 7 días. Durante ese período, la empresa negocia de buena fe con la representación legal de los trabajadores (o una comisión ad hoc si no hay representación) las condiciones del expediente.

¿Qué documentación debe entregar la empresa al abrir el período de consultas de un ERTE ETOP?

Depende de la causa alegada: si es económica, cuentas y documentación contable que acredite la situación; si es técnica, organizativa o de producción, una memoria explicativa e informes técnicos justificativos de las causas invocadas, conforme a los artículos 17 y 18 del Real Decreto 1483/2012.

¿Cuál es la diferencia clave entre un ERE y un ERTE?

El ERE (Expediente de Regulación de Empleo) extingue definitivamente los contratos de trabajo y da lugar a una indemnización mínima de 20 días de salario por año trabajado. El ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) no extingue el contrato: lo suspende o reduce la jornada temporalmente, la persona trabajadora sigue vinculada a la empresa y puede percibir la prestación por desempleo del SEPE durante ese período, sin recibir indemnización porque no hay extinción.

¿Puede un ERTE ETOP convertirse después en un ERE?

Sí, si las causas que motivaron el ERTE se agravan o no se superan, la empresa puede iniciar posteriormente un expediente de despido colectivo (ERE) invocando las mismas u otras causas ETOP, siguiendo su propio procedimiento específico (art. 51 ET), independiente y distinto del procedimiento del ERTE ya tramitado.

¿Interviene la autoridad laboral en un ERTE por causas ETOP?

Sí, pero con un rol más limitado que en el ERTE por fuerza mayor: la empresa debe comunicar a la autoridad laboral el inicio y la finalización del período de consultas, y esta puede realizar advertencias e informar sobre la posible existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho, pero la decisión final sobre la suspensión o reducción corresponde a la empresa, salvo que la Inspección de Trabajo detecte irregularidades.

Contacto

[email protected]

WhatsApp: +54 9 1157085588

Respuesta dentro de las 24 horas

COMPARTIR:LinkedInXFacebookWhatsApp