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Mendoza
Sí, y es un cambio importante poco difundido: en octubre de 2025 entró en vigencia la Ley 9.665, que reforma artículos centrales del histórico Decreto-Ley 560/73 (vigente sin cambios estructurales desde hace más de 50 años). Los puntos clave de la reforma:
- Elimina los cargos de acceso cuasi hereditario; todo ingreso o ascenso debe hacerse por concurso público.
- Crea la figura del agente interino, con estabilidad limitada hasta que el cargo se cubra por concurso.
- Fija un tope de 24 meses de sueldo para las indemnizaciones y un plazo máximo de 30 días para pagarlas (antes superaban en cerca de 250% a las del empleo privado).
- Si una cesantía es anulada judicialmente, el agente se reincorpora pero sin cobrar los salarios caídos durante el proceso — antes sí se cobraban.
- El cómputo de antigüedad se limita a servicios con relación de dependencia y aportes previsionales reales.
La reforma alcanza al personal de los tres poderes del Estado y organismos centralizados/descentralizados, pero excluye a docentes, personal de salud, fuerzas de seguridad y empleados municipales, que mantienen sus regímenes propios.
Fuente: Ley 9.665, Boletín Oficial de Mendoza (octubre 2025) — Senado de Mendoza.
