Categoría:
CCT 260/75 - Jornada
Las horas extras en días hábiles se pagan con un recargo del 50%. Los días sábados desde las 13 horas, los domingos y los feriados obligatorios, el recargo es del 100%. Para realizarlas se requiere previa conformidad de la organización sindical, salvo excepciones legales.
