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San Juan
La estabilidad se adquiere una vez superado el período de prueba fijado por la Ley 142-A y confirmado el nombramiento del agente en planta permanente mediante acto administrativo expreso de la autoridad competente.
La estabilidad se adquiere una vez superado el período de prueba fijado por la Ley 142-A y confirmado el nombramiento del agente en planta permanente mediante acto administrativo expreso de la autoridad competente.