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CCTG 214/06 - Ingreso y Requisitos
El período de prueba para el personal permanente comprendido en la Ley 25.164 es de 12 meses. Durante este período la designación puede ser cancelada en cualquier momento por la autoridad competente, con expresión de causa, sin derecho a indemnización. Para el personal LCT, el período es el fijado en esa norma.
