¿Dónde tengo que recibir el pago para poder optar por no liquidar las divisas?

Categoría: Trabajador Remoto - Divisas y BCRA

Para acceder al beneficio de no liquidación de la Comunicación A 8417, los fondos tienen que acreditarse en una cuenta en moneda extranjera a tu nombre, abierta en una entidad financiera local (un banco argentino con cuenta en dólares u otra divisa), y la operación tiene que cumplir con la normativa impositiva vigente (es decir, declarar igual el ingreso ante ARCA aunque el dinero se quede en dólares). El banco no puede cobrarte cargos propios por acreditar fondos del exterior, solo trasladar gastos reales de bancos corresponsales.

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