Categoría:
Fuerzas de Seguridad - Estado Policial
Sí: en general, todas las leyes orgánicas imponen al personal en actividad el deber de intervenir ante un delito flagrante aunque esté fuera de servicio, así como de mantener una conducta acorde a la investidura del cargo también en su vida privada, bajo riesgo de sanción disciplinaria.
