¿El personal de supermercados y autoservicios está comprendido en el CCT 130/75?

Categoría: CCT 130/75 Supermercados - Ámbito y Categorías

Sí. El CCT 130/75 expresamente menciona a supermercados y autoservicios entre los establecimientos comprendidos en su ámbito de aplicación. Todo el personal que trabaje en estas empresas — cajeros, repositores, personal de depósito, mantenimiento, administrativos y vendedores — queda alcanzado por este convenio.

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