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CABA Ley 471 - Licencias
Incorporada por la Ley 6.891 (BOCABA 7.283 del 14/01/2026), las trabajadoras del GCBA tienen derecho a una licencia de hasta 20 días hábiles por año con goce íntegro de haberes por violencia de género, en el marco de la Ley 26.485. La licencia comienza a partir de la solicitud de la trabajadora, quien tiene 5 días hábiles para presentar la constancia de denuncia judicial o administrativa. Puede ser prorrogada si persiste la situación que la motivó. Esta licencia es una de las más amplias del país en el sector público.
