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La Pampa
Sí, toda sanción es recurrible en sede judicial una vez agotada la vía administrativa (recursos internos), sin importar si se trató de una sanción leve o grave.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
