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Municipios PBA - Derechos
Los municipios bonaerenses están obligados a cumplir con el cupo del 4% previsto en la Ley 22.431 para personas con discapacidad certificada. El incumplimiento puede ser denunciado ante la justicia contencioso administrativa. La Ley 14.656 también contempla disposiciones en materia de asistencia sanitaria y social para el personal municipal con discapacidad.
