¿Existe protección contra el acoso laboral y sexual en la APN?

Categoría: CCTG 214/06 - Igualdad, Derechos y Prohibiciones

Sí. El CCTG prohíbe el hostigamiento moral y el acoso sexual. Los empleadores deben abstenerse y hacer cesar cualquier conducta de maltrato físico o psíquico, acoso sexual u homofóbico que perjudique el desempeño, la salud o la dignidad del agente. El acoso mediante abuso de cargo o autoridad es una prohibición expresa.

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