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CABA Ley 471 - Modalidades
Sí, el GCBA cuenta con un régimen de teletrabajo reglamentado para determinadas funciones compatibles con la prestación a distancia, que no constituye una modalidad de vinculación distinta sino una forma de organizar la prestación de servicios del personal ya vinculado bajo planta permanente o transitoria, sujeta a la aprobación del área correspondiente.
