Categoría:
Chaco
Sí. El empleado público del Chaco sancionado puede impugnar la sanción mediante el recurso de reconsideración ante el mismo órgano que la aplicó y el recurso jerárquico ante el superior. Agotada la vía administrativa, puede acudir a la justicia contencioso-administrativa. Las sanciones graves (cesantía y exoneración) requieren sumario previo. Fuente: Ley 292-A; Ley de Procedimiento Administrativo del Chaco — Gobierno del Chaco.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
