¿Puede la administración porteña trasladar a la víctima de acoso en lugar de al acosador?

Categoría: CABA Ley 471 - Acoso y Violencia Laboral

No debería hacerlo como primera medida, ya que trasladar a la víctima puede interpretarse como una forma de revictimización; la buena práctica indica que la medida preventiva debe recaer preferentemente sobre la persona denunciada.

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