¿Puede la APN modificar unilateralmente las condiciones de trabajo pactadas en el SINEP?

Categoría: CCTG 214/06 - Negociación Colectiva y Participación Sindical

No, una vez homologado el convenio colectivo, sus condiciones tienen fuerza obligatoria y solo pueden modificarse mediante un nuevo acuerdo entre las partes o su revisión en el marco de la negociación paritaria correspondiente.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *