¿Puede un integrante de la PFA reclamar judicialmente por suplementos no liquidados correctamente?

Categoría: Fuerzas de Seguridad - Recursos y Acciones

Sí, y hay numerosos antecedentes exitosos. La Corte Suprema de Justicia ha reconocido en múltiples fallos que los suplementos percibidos por la generalidad del personal deben ser incorporados con carácter remunerativo y bonificable al haber mensual. El personal que percibe suplementos liquidados como no remunerativos puede iniciar un reclamo judicial ante el fuero contencioso administrativo federal. La acción prescribe a los 2 años desde que el derecho es exigible. Es uno de los reclamos más frecuentes y exitosos del personal de las fuerzas federales.

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