¿Puede un integrante reclamar ante el Ministerio de Seguridad de la Nación sin pasar antes por su propia fuerza?

Categoría: Fuerzas de Seguridad - Recursos y Acciones

No, el reclamo debe iniciarse ante la autoridad de la fuerza correspondiente (jefatura, dirección de personal), pudiendo recién luego, mediante recurso jerárquico, elevarse a consideración del Ministerio de Seguridad.

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