¿Puede un municipio cordobés tercerizar servicios y afectar a su personal de planta?

Categoría: Córdoba (general)

La concesión de servicios públicos municipales está prevista en la Ley 8102, pero no habilita a desplazar al personal de planta permanente sin respetar su estabilidad; cualquier reorganización que afecte puestos existentes debe ajustarse a las garantías del estatuto de empleo municipal aplicable.

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