¿Qué adicional corresponde por tareas peligrosas?

Categoría: CCT 260/75 - Remuneraciones y Adicionales

El 20% sobre el salario básico de la categoría durante el tiempo que se realicen esas tareas. Se consideran peligrosas: trabajos en altura superior a 8 metros o profundidades mayores a 4 metros, instalación de antenas, trabajos en chimeneas, pozos, y tareas específicas de laminación y fundición con material en estado de fusión.

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